Carteles más honestos no podría haber. Estas personas fueron muy ingeniosas para hacerles saber a los dueños de los siguientes autos que realmente estorbaban. Ojalá hayan aprendido la lección. La indignación que produce la falta de respeto a las normas de tránsito y que muchas veces provoca tragedias, se traducen en innumerables conflictos cotidianos en todo el país y en muchos lugares del mundo.
Pero algunas de ellas ya se han tornado violentas. En varios lugares del país, muchos vehículos estacionados frente a las puertas de los garajes particulares, has sido violentados, destruidos y pintados con grafitis para que no se repita la falta de estacionamiento.
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Resulta una gran molestia, a la hora de tener que salir con nuestro vehículo encontrar que no podemos salir o que tenemos que hacer mil maniobras para poder salir y con la esperanza de no tocar al otro auto no por miedo a dañarlo si no que por miedo a dañar nuestro propio auto.
#2
Las personas al cansarse ante la falta de respuestas del municipio y autoridades, toman la venganza como justicia y destruyen o dañan los vehículos.
#3
Muchas veces estas personas llaman a la policía pero como la policía destina vehículos o personal para cosas más importantes a veces dan largas o directamente no se presentan en otros casos le recomiendan al vecino que se presente a vialidad en su Municipio a radicar una denuncia.
#4
Al lo cual el municipio despues de un tiempo destina a un obrero municipal a repintar la salida de su garage pero en casos concretos de urgencia. a veces se dan a conocer que no poseen o no esta disponible por el momento la grúa para sacar el vehículo infractor.
#5
La ley Nacional de Tránsito (24.449) establece en el artículo 49 que en las zonas urbanas está prohibido estacionar en todo lugar donde se pueda afectar la seguridad, visibilidad o fluidez del tránsito o se oculte la señalización; en las esquinas, entre su vértice ideal y la línea imaginaria que resulte de prolongar la ochava y en cualquier lugar peligroso; sobre la senda para peatones o bicicletas, aceras, rieles, sobre la calzada, y en los diez metros anteriores y posteriores a la parada del transporte de pasajeros.
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No se puede poner obstáculos en la vía publica de cualquier tipo, esto evitaría el transito de servicios públicos o en caso de emergencias, los servicios de emergencia.
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Tampoco se puede parar vehículos por un período mayor de cinco días o del lapso que fije la autoridad local.
#8
En tanto, ningún ómnibus, microbús, casa rodante, camión, acoplado, semiacoplado o maquinaria especial, puede estacionar excepto en los lugares que habilite a tal fin mediante la señalización pertinente; y no habrá en la vía espacios reservados para vehículos determinados, salvo disposición fundada de la autoridad y previa delimitación y señalamiento en que conste el permiso otorgado.
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Frente a la puerta de hospitales, escuelas y otros servicios públicos, hasta diez metros a cada lado de ellos, salvo los vehículos relacionados a la función del establecimiento.
#10
Frente a la salida de cines, teatros y similares, durante su funcionamiento; en los accesos de garajes en uso y de estacionamiento con ingreso habitual de vehículos, siempre que tengan la señal pertinente, con el respectivo horario de prohibición o restricción.
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